Los fluidos no inflamables y no tóxicos, cuya puesta en el mercado, utilización, recuperación y destrucción están regulados de conformidad con el Reglamento (UE) 517/2014, debido a su pertenencia a los denominados gases "invernadero". Se trata de productos que no agotan el ozono, recomendados para la sustitución de CFC y HCFC.
21 productos correspondientes a su selección